Derecho: es el
orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en
postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones
sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y
momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de
normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos
intersubjetivos.
Desde el punto de vista objetivo, dícese del
conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y
obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social. Esto es,
teniendo en cuenta la validez; es decir que si se ha llevado a cabo el
procedimiento adecuado para su creación, independientemente de su eficacia (si
es acatada o no) y de su ideal axiológico (si busca concretar un valor como
justicia, paz, orden).
Palabra derecho deriva de la voz latina directum,
que significa "lo conforme por regla, de ley, sin norma", o como
expresa Villoro Toranzo, "lo que no se desvía, ni a un lado ni otro,
axioma de orientación fija hacia dirección concertada por camino sino paso
establecido en común con fin de producir un mecanismo de adaptación al entorno.
Derecho con connotaciones morales o religiosas,
el derecho "conforme a la recta razón". Esto es así si tenemos en
cuenta frases como "non omne quod licet honestum est" (no todo lo que
es lícito es honesto)
El conjunto de reglas que rigen la convivencia
de los hombres en sociedad. Norma o conjunto de normas que por una parte
otorgan derechos o facultades y por la otra, correlativamente, establecen o
imponen obligaciones. Conjunto de normas que regulan la conducta de los
hombres, con el objeto de establecer un ordenamiento justo de convivencia
humana.
Facultad que tiene un sujeto para ejecutar un
acto con determinada conducta o abstenerse de ella, o para exigir de otro
sujeto el cumplimiento de su deber. Garantía, privilegio, facultad, potestad,
imperio, dominio, caución, disciplina, favor, permiso, talento, ingenio, mando,
hegemonía, crédito, pauta, protección, cortesía, atención o autorización que
conforme a la norma jurídica tiene sujeto frente al otro, sino un conjunto de
entidades, ya sea para desarrollar su propia actividad o determinar la de
aquellos. Es una concesión de autoridad otorgada por una norma jurídica una
persona o grupo en virtud de la cual queda legitimada para desplegar una
determinada conducta sobre una o más personas o cosas.
Conjunto de normas de carácter general, que se
dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las
necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria a los
destinatarios, y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción coactiva o la
respuesta del Estado a tales acciones. Estas normas no son resultado solamente
de elementos racionales, sino que en la formación de las mismas inciden otros
elementos, tales como intereses políticos y socioeconómicos, de valores y
exigencias sociales predominantes, en tanto condicionan una determinada
voluntad política y jurídica, que en tanto se haga dominante se hace valer a
través de las normas de Derecho. A su vez esas normas expresan esos valores,
conceptos y exigencias, y contendrán los mecanismos para propiciar la
realización de los mismos a través de las conductas permitidas, prohibidas o
exigidas en las diferentes esferas de la vida social.
La expresión "fuentes del derecho"
alude a los conceptos de donde surge el contenido del derecho vigente en un
espacio y momento determinado, instancia que se debe acudir para establecer el
derecho aplicable a una situación jurídica concreta.
La palabra fuente deriva del latín fons y en
sentido figurado se emplea para significar el principio, fundamento, origen,
pilar.
En este sentido entendemos por fuente del
derecho como todo aquello, objeto, actos o hechos que producen, crean u
originan el surgimiento del derecho, es decir, de las entrañas o profundidades
de la propia sociedad. Ahora bien, las fuentes del Derecho se clasifican por su
estudio en:
Fuentes históricas: Son el conjunto de documentos o textos antiguos
entre libros, textos o papiros que encierran el contenido de una ley, por
ejemplo el Código de Hammurabi, Cilindro de Ciro, Mayeuta, Rabindranath Tagore,
Zenda, Avesta, Sharia, Recitación Corán, Narración Hadiz, Consenso Ijma,
Esfuerzo Jihad, Devanagari Manu Samjita, Darma Sastra, Riti Manu, Vedas, Chari,
Grijasta, Islam, Din, Zakat, Ley del Talión, Lex Tale, Doce Tablas, Quid pro
quo, Testimonio Shahada.
Fuentes reales: Conjunto de factores y elementos que determinan el
contenido de una ley, por ejemplo: Código penal y civil de un Estado.
Fuentes formales: Conjunto de actos o hechos que realiza Estado,
sociedad, individuo sobre creación de una ley.
Costumbre
Hábito
Código
Doctrina
Jurisprudencia
Principios generales de estudio
Tratados internacionales
Legislación o Ley
Canónica
Instrumento
Invención
Directriz u Orden
Plano
Robe y Capa
Carácter a Sino
Carta
Constitución: es la norma fundamental,
escrita o no, Estado soberano, establecida o aceptada para regirlo. (del latín
cum- 'con, en conjunto' y statuere 'establecer', a veces llamada también carta
magna) es la norma suprema de un Estado de derecho soberano, la organización
establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define
relaciones entre poderes del Estado (electoral, militar, tecnológico, moral,
ciudadano, legislativo, ejecutivo, judicial) y esos entre ciudadanos,
estableciendo así bases para gobierno propio y para la organización de las
instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar
al pueblo sus derechos y libertades.
La ley: es una norma jurídica dictada
por el legislador. Es decir, un precepto establecido por la autoridad
competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia, y
para el bien de los gobernados. (del latín lex, legis) es una norma jurídica
dictada por el legislador, un precepto establecido por la autoridad competente,
en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia. Su
incumplimiento trae aparejada una sanción. Según el jurista panameño César
Quintero, en su libro Derecho Constitucional, norma dictada por una autoridad
pública que ordena, prohíbe, coerce, privilegia, garantiza, considera, templo."
La jurisprudencia: se entiende por
jurisprudencia las reiteradas interpretaciones que de las normas jurídicas
hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones, y puede constituir una de
las Fuentes del Derecho, según el país. Cosa Juzgada como dogmática establecida
por los órganos judiciales del Estado (Tribunal, Corte, Juzgado, Supremo,
Superior) que se repiten en más de una resolución. Esto significa que para
conocer el contenido completo de las normas vigentes, hay que considerar cómo
han sido aplicadas en el pasado, donde se obtiene concordancia, correspondencia,
coherencia. Conjunto de sentencias que han resuelto casos fundamentándose en
ellas mismas.
La costumbre: una costumbre es una
práctica social arraigada, en si una repetición continua y uniforme de un acto
al que se quiere otorgar valor normativo.
El negocio jurídico: el negocio
jurídico es el acto de autonomía privada de contenido preceptivo con
reconocimiento y tutela por parte del orden jurídico.
Los principios generales del Derecho:
los principios generales del Derecho son los enunciados normativos más
generales que, sin haber sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud de
procedimientos formales, se entienden formar parte de él, porque le sirven de
fundamento a otros enunciados normativos particulares o recogen de manera
abstracta el contenido de un grupo de ellos.
La doctrina: se entiende por doctrina
la opinión de los juristas prestigiosos sobre una materia concreta, aunque no
es una fuente formal del Derecho.
El Hábito: cada ritual, uso, precepto,
estándar que activa como proceso sino mecanismo dispositivo un individuo ora
grupo social dentro del estado, continuo, reiterado, popular, modal, modelo,
justificado, pautado, average, valorativo, score.
El Código: conjunto cotidiano y
comunitario de acepciones, clausulas, claves, formas, complejos, notas, marcas,
sentidos, conceptos, letras, signos, runas, montes, caracteres, apologías,
logos, motes, trazos, podas, tildes, ápices, apocopes.
Asimismo en el marco del Derecho internacional,
el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia en su Artículo 38, enumera
como fuentes:
Cartas
Protocolos
Tratados
Acuerdos
Pactos
Costumbre internacional
Principios generales del Derecho
Opiniones
Exequátur
Doctrina
Jurisprudencia de los Tribunales
Internacionales
Se
reserva, a pedido de parte, la posibilidad de fallar "ex aequo et
bono" (según lo bueno y lo equitativo).
Ramas
jurídicas, entre otras, son las siguientes:
Derecho administrativo
Derecho alimentario
Derecho Agrario
Derecho del tránsito
Derecho urbanístico
Derecho informático
Derecho
de las telecomunicaciones
Derecho constitucional y político
Derecho electoral
Derecho
parlamentario
Derecho civil
Derecho de las personas
Derecho de familia
Derecho de cosas (Bienes)
Derecho de sucesiones
Derecho de obligaciones
Derecho
de contratos
Derecho
de la responsabilidad civil
Derecho comunitario
Derecho deportivo
Derecho económico y financiero
Derecho tributario (fiscal)
Derecho mercantil (comercial)
Derecho bancario
Derecho bursátil
Derecho Negocial
Derecho Registral
Derecho Notarial
Derecho de seguros
Derecho de la competencia
Derecho del consumo
Derecho concursal
Derecho societario (corporativo)
Derecho de la propiedad intelectual
Derechos de autor (copyright)
Derecho de la propiedad industrial
Derecho del transporte
Derecho aeronáutico
Derecho marítimo
Derecho aduanero (portuario)
Derecho internacional
Derechos humanos
Derecho internacional humanitario
Derecho internacional privado
Derecho internacional público
Derecho migratorio
Derecho del mar
Derecho del espacio
Derecho penal internacional
Derecho médico
Medicina legal
Derecho militar
Derecho nobiliario
Derecho penal
Derecho Criminal
Derecho penitenciario
Criminología y Criminalística
Derecho procesal
Derecho procesal constitucional
Derecho procesal administrativo
Derecho procesal civil
Derecho procesal penal
Derecho procesal laboral
Derecho probatorio
Derecho religioso y eclesiástico
Derecho canónico
Derecho islámico (Sharia)
Derecho judío (Halajá)
Derecho Ecuménico
Derecho social
Derecho laboral
Derecho sindical
Derecho de la seguridad social
Derecho Industrial
Derecho Higiénico
Derecho de los recursos naturales
Derecho ambiental
Derecho de Tierras
Derecho del Desarrollo Agrícola
Derecho de aguas
Derecho pesquero
Derecho minero
Ciencias del Derecho
Filosofía del Derecho
Deontología jurídica
Epistemología jurídica
Ética jurídica
Lógica jurídica
Teoría del Derecho
Axiología jurídica
Ontología jurídica
Antropología jurídica
Gnoseología Jurídica
Psicología jurídica
Psicología legal
Historia del Derecho
Derecho hindú
Derecho persa
Derecho griego
Derecho romano
Derecho germánico
Derecho visigodo
Derecho indiano
Derecho azteca
Derecho maya
Derecho medieval
Derecho feudal
Derecho soviético
Sociología Jurídica
Sociología del Derecho
Derechos faunístico
Ciencia (del
latín scientĭa 'conocimiento') es el conjunto de conocimientos estructurados
sistemáticamente como sabiduría, experimento, análisis, síntesis, sinopsis,
prolegómeno, variable, esquema, procedimiento, método, objeto, razonamiento,
inducción, abducción, deducción, inferencia, deferido, referente, teoría,
cuadro, paradigma, testimonio, manifestación, ley, praxis, hábito, código,
poema, gaje, asignación, acepción, término, técnica, lógica, epísteme,
filosofía, retórica, estudio, validación, certeza, . La ciencia es el
conocimiento obtenido mediante la observación de patrones regulares, de
razonamientos y de experimentación en ámbitos específicos, a partir de los
cuales se generan preguntas, se construyen hipótesis, se deducen principios y
se elaboran leyes generales y sistemas organizados por medio de un método
científico.
Estudio es el
desarrollo de aptitudes y habilidades mediante la incorporación de
conocimientos nuevos. El sistema de educación mediante el cual se produce la
socialización de la persona, tiene como correlato que se dedique una elevada
cantidad de horas al análisis de diversos temas. Es por ello que se han
desarrollado una serie de estrategias con el fin de que la tarea de estudiar
sea más simple y que se logren alcanzar mejores resultados. Si bien estos
métodos son variados, es posible destacar una serie de pautas recurrentes.
Estudio
científico: conjunto de actividades, prácticas, ensayos,
hallazgos, inventarios, técnicas, mecanismos, posiciones que se cotejan entre
sí, para satisfacer una demanda por conocimiento sobre noticia, fenómeno, cosa,
causa, proceso, ciclo, elementos, contenidos, complejos, paradigmas; convierte
esquemas, directrices, patrones, escenas, planes, proyecciones, indagatorias,
conjeturas en algo pragmático tangible para la realidad que inmiscuye,
involucra sino concierne, rumbo exámenes, pruebas, testeos, tanteos, análisis,
condiciones, situados, cuidados, desarrollos, adelantos, aparatos, sostiene un
marco teórico en sintonía con régimen legal, legitimidad verídica, concepto
normativo, variables gnoseológico-cognoscitivas.
Informe, dato, razón, detalle, lección, versión
lectura, curso, cátedra, consideración, enfoque, alerta, ruta, tecnología, revisión,
cuestión, demostración, manifesto, problema, corolario, aplicación, función.
Objeto:
instrumento que aplica según instrucción control de sus funciones finales
conque marco marcha dedicada al servir como útil: aparejo, aparato, remoto,
motor, mecanismo, maquina, programa, herramienta, perciba, perol, montaje,
cosa.
En el ámbito de la física, se denomina objeto
físico (cuerpo, sustancia, foco, forma, figura, asunto, pieza, elemento) equipo,
bloque, conjunto de masas que es tratada como complejo en unidad sino modulo
(trazo). Por ejemplo, bola de esfera puede ser considerada un objeto aunque la
pelota en realidad consiste de un agregado de muchas partículas (gajes de
materia).
Aunque la definición común de los objetos
físicos entiende que ellos poseen volumen en el mundo físico, existen ciertas
teorías de la física cuántica y cosmología que desafían esta aseveración
estructural.
Constructo:
concepto ontológico, en fenomenología distinguido, impresión judicata,
calificativo sensacional, frase significativa, criterio judicial, creencia
cosmogónica, titulo reditual. Instancia de clase, categórico solicito, catalogo
rato.
Jurídico
(Motivo) es el término mediante el cual se hace
referencia al contenido de un acto o negocio, puede ser por medio de excusa
apologética, finiquito transaccional, reparo administrativo, providencia
sindicada, dictamen en judicatura.
Semántico:
sintaxis, gramatical de sujeto, adjudicado como adjetivo calificativo,
sustantivo adverbial, preposición apelativa, referencia paradigmática, afijos
parabólicos, adposiciones dispositivas, partícula prefacio, prefijo dativo,
transitivo selectivo, anáfora deíctica, pronombre epistémico.
Mecanismo:
dispositivos que reciben un ciclo de entrada, través de sistema de transmisión
y transformación de movimientos, realizan un trabajo, colocan salida, dispensan
proceso, cargan tarea, fomentan beneficio, compensan pérdida, ralentizan
funciones, regulan motores, conducen hacia ruta, ronda, turno, gaje, jiro.
Entidad, impresión, carrera, paso, fase, lapso,
cuya principal característica es la producción regular de cierto aspecto.
También en general, se considera que ese comportamiento uniforme según código
por norma en común, descrito por una ley científica u otro tipo de
generalización más o menos robusta, es explicado por medio de la descripción de
los procesos, en su mayoría causales, que lo producen. Centro, causa,
explicación, predicción, proporción, complexo, probabilidad, efecto, afecto,
producto, factor, noción, eficacia, prestancia, crédito, motivo, ejecución,
sincrónica, bala, concertó, colación, evolución, feria, progreso, prodigio,
maravilla, portento, concepción, ingenio, don, agio, gaje.
La palabra 'mecanismo' deriva del término
latino 'mechanisma' y parece estar relacionada con los vocablos griegos
'mechane' ("un instrumento para levantar objetos o dispositivos o
artefactos para hacer algo") y 'mechos' (los medios para hacer algo o el
modo de hacerlo). Su significado actual en castellano corriente (no técnico)
incluye cuatro acepciones más o menos emparentadas entre sí:
Conjunto de las partes de una máquina en su disposición adecuada;
Estructura de un cuerpo natural o artificial, y combinación de sus
partes constitutivas;
Medios prácticos que se emplean en las artes;
Proceso (sucesión de fases).
Justicia (del
latín, iustitia) es la concepción que cada época y civilización tiene acerca
del sentido de sus normas jurídicas. Es un valor determinado como bien común
por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus
integrantes. Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado
para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y
permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e
instituciones.
Este conjunto de reglas tiene un fundamento
cultural y en la mayoría de sociedades modernas, un fundamento formal, los
cuales intervienen dentro del mismo concepto y que serán explicados a
continuación:
El
fundamento cultural se basa en un consenso amplio en los individuos de una
sociedad sobre lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de cómo deben
organizarse las relaciones entre personas. Se supone que en toda sociedad
humana, la mayoría de sus miembros tienen una concepción de lo justo, y se considera
una virtud social el actuar de acuerdo con esa concepción.
El
fundamento formal es el codificado formalmente en varias disposiciones
escritas, que son aplicadas por jueces y personas especialmente designadas, que
tratan de ser imparciales con respecto a los miembros e instituciones de la
sociedad y los conflictos que aparezcan en sus relaciones.
Abstracción equilibrada de temple, que calibre
ecuánime según rubro oferta de oficio asignado para ruma de patrimonio,
beneficio, utilidad, interés, bien, pertrecho, perciba, ambages, menajes,
mandatos, fortuna, capital, pertenencia, mejora, cortesía, servicio,
explotación, posesión, hacienda.
Cualidad o virtud de proceder o juzgar
respetando la verdad y de poner en práctica el derecho que asiste a toda
persona a que se respeten sus derechos, que le sea reconocido lo que le
corresponde o las consecuencias de su comportamiento. Derecho, Razón, Mira,
Reparo, Responso, Institución, Virtud, Administración, Honra, Porte, Forma.
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