Derecho: es el
orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en
postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones
sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y
momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de
normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos
intersubjetivos.
Desde el punto de vista objetivo,
dícese del conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter
permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden
social. Esto es, teniendo en cuenta la validez; es decir que si se ha llevado a
cabo el procedimiento adecuado para su creación, independientemente de su
eficacia (si es acatada o no) y de su ideal axiológico (si busca concretar un
valor como justicia, paz, orden).
Palabra derecho deriva de la voz
latina directum, que significa "lo conforme por regla, de ley, sin
norma", o como expresa Villoro Toranzo, "lo que no se desvía, ni a un
lado ni otro, axioma de orientación fija hacia dirección concertada por camino
sino paso establecido en común con fin de producir un mecanismo de adaptación
al entorno.
Arte de lo bueno, ecuánime,
equitativo, regular, cívico, támbien manifestación de lo malo, como alteración,
ruido, eco, anomalía, distorsión, difusión, matices, sobre cuanto halla
entendido la cultura tan excelente por prestigio de su constancia en ortodoxia;
ciencia que estudia cuanto calificado el deber tiene en norma jurídica,
instancia conque marco determina procesos bajo condicionamiento del entorno.
Características:
administrativo, judicial, institucional, gubernamental, empresarial,
operacional, policiaco, canónico, constante, estandar, sacramental, ordinario,
obligatorio, procesal, gesticular, estacional, registral, protocolar.
Derecho con connotaciones morales
o religiosas, el derecho "conforme a la recta razón". Esto es así si
tenemos en cuenta frases como "non omne quod licet honestum est" (no
todo lo que es lícito es honesto)
El conjunto de reglas que rigen
la convivencia de los hombres en sociedad. Norma o conjunto de normas que por
una parte otorgan derechos o facultades y por la otra, correlativamente,
establecen o imponen obligaciones. Conjunto de normas que regulan la conducta
de los hombres, con el objeto de establecer un ordenamiento justo de
convivencia humana.
Obligación:
Asignación del Estado que nos vícula con el objeto de presentar respeto en
ánimo sino aras para ganar algo en cambio, según leyes vigentes. Obligatio est
iuris vinculum, quod necesitatem adstringimur alicuoius solvendaerei saecundum
nostrae civitatis iura, vel facendo, bel praestando, datum, faz, faber, logos,
tecum, omissis, promptu, ordo, honor, trabis, opus, apo, tomus, ayo, ratus,
solvendai, negotio, arum, medium, bardot, dominium, mote, signum, judicata,
instituta, auctoritas, agenda, facultas, radia, missa, facer, fagus, mulus,
tabu, doma, taco, caba, pica, sapere, sum, talo, taja, tobo, tojo, tole, fata,
pere, capu, marco, calcare, cruci, bolus, muz, bal, belos, bula, ballare, paja,
passer, pala, para.
Crédito / Deuda / Garantía
Culpa / Cargo / Sanción / Cuido /
Temor / Miedo / Fuste / Brete / Acuso / Lapso / Yerro
Límite / Purga / Caución
Pecado / Pesar / Pena
Ganas / Gajes / Galan
Exigencia / Exención / Dispensa
Consulta / Interes / Enseñanza
Importe / Registro / Pérdida
Indicación / Instrucción
/Instancia
Conjura / Rédito / Proceso
Recital / Debate / Juicio
Prueba / Razón / Veredicto
Clase: real,
personal, in rem, patrimonial, ganancial, depositaria, propia, atinente,
comunidad, bienal, fiscal, capital, pecuniaria, tributaria, rental, sucesoral,
legataria, crediticia, subsidiaria, cooperativa.
Secundum legem est, poena sine
damnum causae, obligare res pública, vero et crimen certo praevedere dare,
prestare, dimitire, fascere, errare, reclare assistentia orale et ad escriptio
pra cognoscere directum beneficum eo maleficum adje paersona infra conditae
rogare exequatur. Nullum crimen, nulla poena, sine legem in ordinem contra.
Tributus pra caesar ad status qua est suum civitas pos justitia. Pra caesar io
quo est da kaiser, dele deus io quid est da zeus.
Facultad que tiene un sujeto para
ejecutar un acto con determinada conducta o abstenerse de ella, o para exigir
de otro sujeto el cumplimiento de su deber. Garantía, privilegio, facultad,
potestad, imperio, dominio, caución, disciplina, favor, permiso, talento,
ingenio, mando, hegemonía, crédito, pauta, protección, cortesía, atención o
autorización que conforme a la norma jurídica tiene sujeto frente al otro, sino
un conjunto de entidades, ya sea para desarrollar su propia actividad o
determinar la de aquellos. Es una concesión de autoridad otorgada por una norma
jurídica una persona o grupo en virtud de la cual queda legitimada para
desplegar una determinada conducta sobre una o más personas o cosas.
datum (término), faz (factura),
faber (fábrica), logos (lenguaje), littera (letra), distinctio (distinguido),
codex (código), lex (ley), lexico (lectura), lego (leer), assedio (aseo), situ
(sitio), conque (conque), tecum (técnica), omissis (dimite), promptu (pronto),
ordo (orden), honor (honra), trabis (trabajo), kata (cada), opus (obra), opera
(operativo), meca (mecanismo), dinamis (dinámica), regnum (reino), force
(fuerza), regem (régimen), pagus (pago), apo (cargo), tomus (toma), ayo
(aparato), ratus (rato), solvendai (solvende), negotio (negocio), succo (jugo),
arum (arado), ter (pan), medium (medio), agio (aval), bardot (barda), jira
(jiro), jera (jere), jura (jure), ius (luz), dirigio (dirigire), societa
(sociedad), dominium (dominio), mote (mote), signum (sino), judicata
(judicatura), figura (figura), bukum (dibujo), cuestor (cuestión), deixis
(dejo), instituta (institución), auctoritas (autoridad), agenda (agencia),
facultas (facultades), psico (pono), forma (forma), bucato (boceto), radia
(raya), rado (robe), ratio (razón), missa (misa), facer (hacer), rictus (rito),
fagus (virus), mulus (mulo), moles (molar), modula (modulo), modelo (muestra),
prufa (prueba), probus (probo), tabula (table), taboo (tabu), doma, pos (pos),
pompa (pompa), voca (boga), mode (moda), pom (pomo), pausa (pose), facilite
(facilidad), possi (poseso), tac (taco), cubil (cube), ocassio (ocasión),
incidens (incidencia), incursio (incurso), index (indice), indikate (indicado),
indicare (indicate), inditio (indicio), curso (carrera), culpa (culpa), cultus
(cultura), faco (farja), tarja (parca), barca, carda (carro), carricare
(cargado), flete (frego), kapa (cabo), pika (pica), sapere (saber), sum (suma),
talo (tal), taja (taj), tobo (tofu), toca (tojo), rozo (toca), toyo (tole),
fata (fatuo), pere (pero), caput (capu), marco (marca), stupa (estofo), ethas
(ética), datil (dedo), cosmognomoumen (cosmogonia), curtare (corte), aitia (eto),
causa (cosa), etno (etnia), hecto (ecto), ens (ento), genus (genio), peya
(pella), diz (dis), calcare (calco), cruci (cruce), bolus (bolo), muz (musi),
bal (bala), belos (balin), bula (buleme), ballare (baile), paja (paja), pactus
(pacto), passer (paso), pauta (pauta), pala (pato), para (filo), ponere (pono).
Etapa, aparato, emporio, imperio,
dominio, reino, regimiento, soldado, triunvirato, priorato, apostolado,
atalaya, atolladero, castillo, jornada, periplo, pasaje, horario, guardia,
itinerario, trajín, calendario, devenir, ventura, domobótica, cupulamo, estufa,
zapatico, bóveda (voluta), pilar, panteón, picaro, romulo, galeria, cortina,
pabellón, invernadero,
Culpa, Cargo, Sanción, Cuido,
Temor, Miedo, Fuste, Brete, Acuso, Lapso, Yerro, Omite, Topo, Cauto, Cuenta,
Flete, Maslo, Total, Salto, Celo, Jacob, Flaco, Fardo, Bulto, Ataco, Colmo,
Cubre, Plaza, Simon, Plato, Oficio, Grado, Rango, Grato, Gusto, Agrado, Grave,
Trato, Tramo, Honor, Honra, Digno, Noble, Nobel, Nesto, Mando, Lastre, Boya,
Estiba, Apego, Mimos, Gajes, Censo, Merca, Costo, Monto, Padre, Rumbo, Senda,
Pompa, Boato, Garbo, Boga, Galas, Guapo, Galón, Tieso, Norma, Orden, Venía,
Cepto, Probo, Recto, Metro, Regla, Vence, Saber, Docto, Lucro, Renta, Secta,
Sazón, Punto, Matur, Maduro, Saque, Hato, Granja, Través, Fundo, Pilar, Bases,
Lecto, Elige, Voto, Adobo, Alarma, Alerta, Atención, Tento, Susto, Molde,
Mojón, Poste, Pavor, Pánico, Forma, Rasgo, Filo, Clavo, Tecla, Llave, Marco,
Calce, Genio, Ánimo, Calor, Ardor, Porte, Trazo, Finca, Sobre, Bolsa, Zurro,
Pica, Pire, Prisa, Levita, Ropaje, Mado, Rado, Robe, Tunel, Cinto, Señal,
Logro, Timba, Cubil, Borde, Canto, Labio, Margo, Barco, Banco, Trago, Cardo,
Calzo, Parlo, Parco, Gambo, Combo, Amago, Finta, Score, Match, Rank, Bambo,
Mambo, Brazo, Apoyo, Cajón, Globo, Bola, Bal, Bala, Balón, Talón, Tanto, Taner,
Tenor, Tonar, Rosca, Bollo, Torta, Cepo, Celda, Broma, Burla, Broma, Guasa,
Guiso, Mueca, Pulla, Zumba, Caber, Ramal, Bozal, Dogal, Mango, PIola, Viole,
Pezón, Sitio, Situa, Apelo, Alude, Alega, Index, Codeo, Apolo, Argue, Grima,
Acero, Capaz, Hecho, Lento, Tarde, Deten, Largo,
Salve, Agoto, Lerda, Torpe, Calma, Sorna, Juego, Lonja, Tenue, Fatuo, Chupe,
Torno, Quite, Queda, Luego, Flojo,
Remiso,
Derecho es la expresión manifesta
del arte, sobre conceder convicta justicia, dentro canones que fijo código de
conducta, donde pauta pacto instruye cada instrumento, cuan moda instituyo
medida convencional entre modelo social ya ritual, para asentar forma con
dispensa así ciudadano considere obtuvo respeto cual igual en identidad
nacional al Estado, dicha norma articulo un mecanismo dispositivo cuanto
maquina orden resuelve caso corde prudencia mesura tal rato nos indica
preparado catalogo: condonada (acción, hecho, negocio, fenómeno, acuse, ocurro,
pone, asunto, causa, ocasión, ucase, acaso, acude) sino condolencia (agencia,
vehiculo, canal, curso, plazo, guia, ruta, tipo, conjunto, sol, porte, equipo,
vaticinio, variable, don, monte), condena (tabú, pena, veto, jira, reja, jere,
giro, roto, horo, limo, muro, poda, puto, pila, pato, paso, digo, sigo, sino,
mote).
Dando para cada cual lo que le
pertenece según su identidad en nación cuyo estado con poder certifica titulo
del dueño de dominio sobre propiedad tal marco calificado indujo razón es
referido tanto monte rejira aún guía impuso quien impele como autoridad dentro
orden sagrado, articulo debido sacramento cum política hacia gobierno al
operativo deje dinámica, sustentar despacho suya dispensa máxima norma corrige
mecanismo oh pernicioso produjo delito acerca justa defensa por privilegio tan
facultado capacito jurisdicción.
Conjunto de normas de carácter
general, que se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores
preestablecidos por las necesidades de la regulación social, que se imponen de
forma obligatoria a los destinatarios, y cuyo incumplimiento debe acarrear una
sanción coactiva o la respuesta del Estado a tales acciones. Estas normas no
son resultado solamente de elementos racionales, sino que en la formación de
las mismas inciden otros elementos, tales como intereses políticos y
socioeconómicos, de valores y exigencias sociales predominantes, en tanto
condicionan una determinada voluntad política y jurídica, que en tanto se haga
dominante se hace valer a través de las normas de Derecho. A su vez esas normas
expresan esos valores, conceptos y exigencias, y contendrán los mecanismos para
propiciar la realización de los mismos a través de las conductas permitidas,
prohibidas o exigidas en las diferentes esferas de la vida social.
La expresión "fuentes del
derecho" alude a los conceptos de donde surge el contenido del derecho
vigente en un espacio y momento determinado, instancia que se debe acudir para
establecer el derecho aplicable a una situación jurídica concreta.
La palabra fuente deriva del
latín fons y en sentido figurado se emplea para significar el principio,
fundamento, origen, pilar.
En este sentido entendemos por
fuente del derecho como todo aquello, objeto, actos o hechos que producen,
crean u originan el surgimiento del derecho, es decir, de las entrañas o
profundidades de la propia sociedad. Ahora bien, las fuentes del Derecho se
clasifican por su estudio en:
Fuentes históricas: Son el conjunto de
documentos o textos antiguos entre libros, textos o papiros que encierran el
contenido de una ley, por ejemplo el Código de Hammurabi, Cilindro de Ciro,
Mayeuta, Rabindranath Tagore, Zenda, Avesta, Sharia, Recitación Corán,
Narración Hadiz, Consenso Ijma, Esfuerzo Jihad, Devanagari Manu Samjita, Darma
Sastra, Riti Manu, Vedas, Chari, Grijasta, Islam, Din, Zakat, Ley del Talión,
Lex Tale, Doce Tablas, Quid pro quo, Testimonio Shahada, Saliz, Yabe, Zohar,
Hagiografía, Vayikra, Tarot, Cabala, Tora, Tao, Quoran, Popol, Hamza, Haiku,
Guija, Sajón, Biblo, Canón.
Fuentes reales: Conjunto de factores y
elementos que determinan el contenido de una ley, por ejemplo: Código penal y
civil de un Estado.
Fuentes formales: Conjunto de actos o
hechos que realiza Estado, sociedad, individuo sobre creación de una ley.
Costumbre
Hábito
Código
Doctrina
Jurisprudencia
Principios generales de estudio
Tratados internacionales
Legislación o Ley
Canónica
Instrumento
Invención
Directriz u Orden
Plano
Robe y Capa
Carácter a Sino
Carta
Constitución: es la norma
fundamental, en serie de reglas, con carácter de máxima, estructura precepto
donde consiste un Estado, para otorgarse modo de gobierno legitimo propugnado
cuan pauta pacto reserva hacia futuro género quien delega lícito autoridad en
poder, escrita con proyecto estimado según paradoja planificadora, Estado
soberano, establecida o aceptada para regirlo. (del latín cum- 'con, en
conjunto' <como> forma más
figurativa de operar sobre rito en ruta que paso haya mandado orden; y statuere
'establecer', a veces llamada también carta magna) es la norma suprema de un
Estado de derecho soberano, la organización establecida porque marco jurídico
necesita sociedad para justificar sus motivos el logro de reparo del derecho,
adjudicar titulo idóneo, propiedad del País con arraigo de cultura, pueblo,
imperio, dominado, institución, academia, memoria, cosmogonía, alegoría,
folklore, tecnológico, mecánico, técnica, metodológico, educación, orientación,
geopolítica, geología, geografía, potencia, régimen civil, legislación,
ciudadania, civilización, personalidad, personería, sujeción al tabu como
obligación del veto en punición corde ley penal conque marca pesar de cargo
cuando ofensa límite el libre progreso del prójimo, pues acceso tal justicia
determina, distinguió, parámetro ideológico entre particulares adelantados,
conforme logro preparación proteger descendencia, cuando razón tribal contiene
prevalencia del sexo heterosexual, dañino, nócivo, oprobe, con sus
consecuencias de larga competencia desleal, guerras civicas, bélicas que
enfrentan etnías, cuanto permite ejercito libre del estamento armado llamado
militar, cuan criminal cobarde, impulsa esclavitud sobre los desválidos,
excluyentes, exclusivos, discriminados, apartados, execrados, denigrados; o
aceptada para regirlo. Porque ciencia cultiva que psiquiatría busque asidero,
en todo lo que alista cada pariente con poder sobre sus familiares, en incesto
colectivo, que especula cuanto instrumento de malicia cría se crea algún
miembro del grupo, mientras, al otro lo discapacita funcionalmente del orden
social imperativo, con fin de crecimiento poblacional exagerado, cuyo índice de
natalidad, mortalidad, densidad, tuyo ánimo finalista es ejercer patria
potestad con total desfachatez, estupidez, descaro, frescura, insolencia,
osadía, libertinaje, acabar con el genoma humano es fructífero para quien tiene
la tarea de fabricar y fecundar otro engendro del demonio más maligno, macabro,
atrevido, maldito; que guarde sumo susto respecto cualquier materia, pues
finaliza todo mal en ese vil ente insignificante para la sustentación de la
existencia en la tierra. La constitución fija los límites y define relaciones
entre poderes del Estado (electoral, militar, tecnológico, moral, ciudadano,
legislativo, ejecutivo, judicial) y esos entre ciudadanos, estableciendo así
bases para gobierno propio y para la organización de las instituciones en que
tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus
derechos y libertades.
La ley: es una norma jurídica
dictada por el legislador. Es decir, un precepto establecido por la autoridad
competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia, y
para el bien de los gobernados. (del latín lex, legis) es una norma jurídica
dictada por el legislador, un precepto establecido por la autoridad competente,
en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia. Su
incumplimiento trae aparejada una sanción. Según el jurista panameño César
Quintero, en su libro Derecho Constitucional, norma dictada por una autoridad
pública que ordena, prohíbe, coerce, privilegia, garantiza, considera, templo.
Según mandato expreso dentro sus
procedimientos instaurados, asigna cuando son los lapsos en código decisivos
para otorgar sustanciación al canal del móvil instituido, fomento marco
arraigado del ideario ortodoxo, como paradoja fácil de seguir y asimilar hasta
por cada cual miembro aliado de la sociedad cuan persona, natural sino
jurídica, con identidad y suficiente personería al público para desenvolver su
personalidad, ánimo, consentimiento, intelecto, volición, facultades, imperios,
empresas, oficios, deberes, actividades, tareas, hábito, ralea, costumbre, ganas,
invención, rédito, intención, atributo, comprensión, influencia, área,
situación, condición, clase, género, sexo, estirpe, nicho, sitio, orientación,
creencia, cosmogonía, bagaje, mecanismo, dinámica, ejecución, concerto,
propiedad, titulo, apodo, nomenclatura, calificación, moterio, exigencia,
comportamiento, conducir, vagar, trajín, insistencia, tolerancia, urdiembre,
estambre, curtido, tradición, imaginario, ecolalia, cultura, baluarte,
comunidad, palenque, panteón, quilombo, juego, religión, espiritualidad,
herencia, genóme, genética, adene, biología, tramo, cuento, colegio, corolario,
festival, patrimonio.
La jurisprudencia: se entiende por
jurisprudencia las reiteradas interpretaciones que de las normas jurídicas
hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones, y puede constituir una de
las Fuentes del Derecho, según el país. Cosa Juzgada como dogmática establecida
por los órganos judiciales del Estado (Tribunal, Corte, Juzgado, Supremo,
Superior) que se repiten en más de una resolución. Esto significa que para
conocer el contenido completo de las normas vigentes, hay que considerar cómo
han sido aplicadas en el pasado, donde se obtiene concordancia,
correspondencia, coherencia. Conjunto de sentencias que han resuelto casos
fundamentándose en ellas mismas. Principio rector en todo proceso de lid entre
partes sujetas al derecho internacional (público o privado) cuando agente
vulnerante como Estado o Nación somete al estipendio a particular víctima con
acto lícito, ilícito, legal u ilegitimo, de administración, generando daño
antijurídico transgresión contra espiritu de legislación internacional sobre
particular cuyo antojo suspendió los efectos de garantía y salvaguarda respecto
los derechos humanos habidos por un habitante capacitado, según regular
normativa internacional objeto de estudio del juez en corte, quien debe
deliberar el asunto sometido al escrutinio suyo, con todo valor probatorio
incluido al curso, conque evidencia pista acerca materia manejada para decidir
dedicar sentencia como sancione propia condena cual castigo elemento habrá de
pagar por costas punitivas tal cargo pena ley penal, sino privilegio marco
código civil para persona con tutela judicial efectiva.
Que norma bajo clausulas ajustadas
a parámetros mesurando con prudencia correcto, entendimiento medio litigantes
interesados, cumpliendo estipulaciones corrientes en tratados internacionales,
acatando marco instrumentado por órgano jurisdiccional con cualidad y tenor de
regulador al pautar medidas, grados, dimensiones, extensiones, géneros, clases,
jerarquias, condiciones.
Para calificar, dirimir,
componer, transar, casar, ponderar; causa erigida como caso contencioso en
asunto controvertido que gesta institución cuya directriz matiza libelo, según
arreglo preceptuado cargando aditamento, rango permisivo cuan instinto tuitivo
de intención, para obrar, omitir, frustrar, dinámica gravada guardando valores
y reservando virtudes del derecho.
Fases de adjudicar concesión de
justicia por jurisprudencia; acatar el orden normativo por parte del ciudadano
constreñido, conminado que falta al deber propio de las obligaciones mutuales
asignadas por el gobierno establecido según ley vigente, ahora en delante
llamado indicado, artículo legítimo dentro canón ajustado del código mandante
que concuerde con el tipo conque cruce atisbo del proceso pos activar, demanda
sobre instancia sino oídas de oficio ante órgano jurisdiccional mentado
juzgado, remisión al fiscal del ministerio público para que investigue con el
cuerpo de policia armado acerca circunstancia antijurídica violadora de los
derechos conocidos del docto en materia derecho, abogado puede convocar incoada
denuncia frente seguridad detectivesca, en caso de casos especiales donde
invoca flagrancia, acción de tutela judicial efectiva ocurre secretaría del
tribunal de judicatura, corde debido proceso, legítima defensa, formalidades
esenciales, sin dila, ni moratoria sobre lo adeudado, tal reparo legislativo
reglamento para consecución del orden preeminente, orden precautelar judicial,
caución suficiente de multa, gravámen, pecunia, auto de aprehensión en
sospechosos, custodia policiaca, providencia de allanamiento, reclusión,
persecución, espionaje; advertencia pública por cartel de intimación, atención
por canales regulares de telecomunicaciones, solicitud del registro policial
como requerimiento de retención, directriz económica sobre patrimonio del
incautado en peaje, alcabala, régimen de presentación, aduana, consejo,
consulado; citación de partes sobre asunto de interes público, notificación al
perito para levantamiento, experticias, indagatoria, valuación, tasaje,
peritaje, hallazgo, pesquisa, autopsia, cautiverio; auto para examenes
médico-legales, evaluación del forense, revisión psiquiátrica de rutina,
estudio psicológico, analisis clinico, test de laboratorio, reserva en
depositario del inventario tras embargo preventivo, colocación de tablilla y en
agenda del despacho sobre nota en fecha cuando procede audiencia pública,
disponible para el alguacilazgo y también para la secretaría, en ordenadores
con sistema integrado de red computacional para el archivo judicial de los
emplazamientos del día, efectuar todos los días hábiles la identificación de
las partes, pedido de cumplimiento de las reglas internas del juzgado,
composición de las mesas en la sala, presentación del secretario, atención al
juez quien entra en sesión para enjuiciar causa relativa al in comento nomine
altera pare issu legem, mecía así diera ya daría apologética paso al repertorio
retórico debatiente, tanto defensa, como fiscalía, procuraduría, defensoría,
litigante, jurista, abogado, técnico, demás partes principales, demandado,
demandante, terceros, reconvenidos, consorcios, agrimensores, abalorios,
secretario, escabinos, jurado, juez, senado, consulto, consejero, ujier, ayo,
alguacil, espiga, verdugo, relatoría, rector; pasaje verso sobre sustancia
riela en autos como suceso específico explicación de motivos para controversia
asumió imputar el ministerio público por deferencia del causante, diferenda
acreente, recle, expurgo causatorio, deposición al juicio, crédito impugnado,
purga testimonial, imputación de cargos según marco jurídico actual, ambages
judiciales de cosa juzgada, acepción de cuestiones prejudiciales previas, precedentes
históricos, cronológico prontuario, expediente médico, vademecum académico,
instrumentos en cata, vista de documentos, copia fiel del alegato dirimido en
asistencia, concusión en concurso, oposición contestataria, impele impediente,
disipado evacuale, categórico calificado argumentativo discursivo, empleo del
tiempo adecuado para definitiva, fiel, firme, protocolo del dictamen,
veredicto, sentencia, interlocución con juez de control sino distribuidor para
gestionar ejecución de la medida con fiducia legacia, gracia del honor diviso
quien coerce imputado (condenado, sobreseido, absolutorio, indultario,
exonerado, eximido, exacto, dispensado, perdonado, salvado, anulado,
descalificado, sesgado, coronado, tonsura, bula, canonizado, santuario,
La costumbre: una costumbre es una
práctica social arraigada, en si una repetición continua y uniforme de un acto
al que se quiere otorgar valor normativo.
El negocio jurídico: el negocio
jurídico es el acto de autonomía privada de contenido preceptivo con reconocimiento
y tutela por parte del orden jurídico.
Los principios generales del Derecho:
los principios generales del Derecho son los enunciados normativos más
generales que, sin haber sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud de
procedimientos formales, se entienden formar parte de él, porque le sirven de
fundamento a otros enunciados normativos particulares o recogen de manera
abstracta el contenido de un grupo de ellos.
La doctrina: se entiende por
doctrina la opinión de los juristas prestigiosos sobre una materia concreta,
aunque no es una fuente formal del Derecho.
El Hábito: cada ritual, uso,
precepto, estándar que activa como proceso sino mecanismo dispositivo un
individuo ora grupo social dentro del estado, continuo, reiterado, popular,
modal, modelo, justificado, pautado, average, valorativo, score.
El Código: conjunto cotidiano y
comunitario de acepciones, clausulas, claves, formas, complejos, notas, marcas,
sentidos, conceptos, letras, signos, runas, montes, caracteres, apologías,
logos, motes, trazos, podas, tildes, ápices, apocopes.
Asimismo en el marco del Derecho
internacional, el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia en su Artículo
38, enumera como fuentes:
Cartas
Protocolos
Tratados
Acuerdos
Pactos
Costumbre internacional
Principios generales del Derecho
Opiniones
Exequátur
Doctrina
Jurisprudencia de los Tribunales
Internacionales
Se reserva, a pedido de parte, la
posibilidad de fallar "ex aequo et bono" (según lo bueno y lo
equitativo).